El Servicio Nacional del Consumidor recordó a las empresas sus obligaciones frente a la emergencia por los incendios en Ñuble y Bío Bío. La Ley del Consumidor prohíbe manipular precios, acaparar bienes de primera necesidad o vender productos riesgosos, especialmente durante Estados de Excepción de Catástrofe.
Las sanciones por estos delitos van desde presidio menor en su grado mínimo, 61 días, hasta grado medio con tres años. Incluso, puede aumentar si los fraudes afectan productos de primera necesidad o de consumo masivo. La autoridad enfatizó que los abusos serán denunciados ante el Ministerio Público.
Félix Mercado, director regional del Sernac en Ñuble, instó a las empresas a actuar con ética y responsabilidad. Además, recordó que no deben sacar provecho de la tragedia. y subrayó la importancia de mantener profesionalismo en la venta de bienes y servicios durante la emergencia que afecta a miles de familias.
Hasta ahora, la emergencia ha dejado 20 fallecidos y 590 viviendas destruidas, 82 en Ñuble y 508 en Bío Bío. La autoridad también recordó que los trabajadores pueden interrumpir labores por seguridad sin afectar remuneraciones, y que horas extraordinarias necesarias por la emergencia deben pagarse como corresponde.